Para entender de una forma simple la LEY DE REFORMA LABORAL

Nicolás Salcito

Propietario y director de Haciendo Camino Ediciones Águila Mora Declarada de Interés Cultural (Res. Nº 2379/14)

febrero 14, 2026

Por Aldo Martín – https://aldomartin.ar/

La media sanción de ayer es grave, pierden poder los Sindicatos y en especial los trabajadores a sacarse parte de sus derechos. Tal vez la limitación del derecho a huelga (inconstitucional) se pueda pelear en la Justicia, pero el resto será difícil. Va un resumen a cargo de Pablo Serdán (abogado / docente UBA).

 ▪︎ 1.- Si me enfermo de gripe o me quiebro jugando a la pelota, ¿cobro mi sueldo completo?

  R: ¡NO!  La nueva ley baja tu sueldo cuando estás enfermo.

​Si tenés una enfermedad común que no sea «producto de una actividad voluntaria», pasás a cobrar solo el 75 % de tu sueldo (antes era el 100 %).

  ​Peor aún: si dicen que tu problema de salud viene de una «actividad voluntaria y consciente» que implica riesgo (como jugar un partido de fútbol 5), te pagan solo el 50 %.

 ▪︎ ​2.- Si me echan, ¿la indemnización es la misma de siempre?

  R: No, es mucho menor. La reforma saca del cálculo el Aguinaldo (SAC) y los bonos o premios. O sea, la base para calcular lo que te deben es más chica. Te llevás menos plata por los mismos años trabajados.

 ▪︎  ​3.- ¿Me pueden obligar a trabajar 12 horas por día?

   R: Sí. Se habilita la jornada laboral de hasta 12 horas diarias (respetando 12 horas de descanso). Te pueden tener de sol a sol legalmente.

▪︎  ​4.- ¿Me van a seguir pagando las horas extras?

   R: Olvidate de la plata extra. Se crea el «Banco de horas»: las horas de más que hagas se compensan con días libres o menos jornada otro día. Cambian plata (que te sirve para comer) por «tiempo libre» (cuando a la empresa le sobre gente).

 ▪︎  ​5.- ¿Me puedo tomar mis 15, o 28  días de vacaciones todos juntos en enero o febrero o cuando yo decida?

  R: Solo si el jefe quiere. Ahora se permite fraccionar las vacaciones (con un mínimo de 7 días). Te pueden dar una semana en enero y la otra cuando a ellos se les ocurra.

  ​▪︎ 6.- Tengo cinco, o 10 años, de antigüedad, ¿zafé, o me pueden echar igual?

   R: No zafaste. Si la ley hace que contratar a uno nuevo sea más barato y sin riesgos (con el Fondo de Cese), vos pasás a ser un «costo viejo». Te van a limpiar con la indemnización barata para poner a uno nuevo bajo el régimen flexibilizado.

 ▪︎ ​7.- ¿Qué es el «Fondo de Cese» del que hablan?

  R: Es una opción que reemplaza la indemnización donde te pagás tu propio despido. El empleador pone plata mes a mes en un fondo (que sale de tu propia masa salarial). El día que te echan, te dan esa cajita y al jefe le sale gratis en el momento.

 ​▪︎ 8.- ¿Qué pasa si mi gremio no acuerda un nuevo convenio?

  R: Te quedás sin nada. Si el convenio vence, pierde vigencia (salvo condiciones básicas). Esto obliga al sindicato a negociar a la baja o perder todo.

 ▪︎  ​9.- Laburo en transporte, educación o logistica. ¿Puedo hacer paro?

  R: Casi imposible. Declararon «servicio esencial» (obligación de operar al 75 %) y «trascendental» (50 %) a casi todo. Si hacés paro, pero tenés que seguir laburando casi normal, la huelga no sirve.

▪︎ ​10.- Trabajo con una App (pedidos/transporte). ¿Qué me toca?

  R: Nada. La ley decreta que sos «colaborador independiente». No hay vacaciones ni aguinaldo, ni ART, ni pago por enfermedad. Sos una «empresa» de una sola persona.

▪︎ ​11.- ¿Qué pasa si mi jefe tiene una PyME chica (hasta cinco empleados)?

  R: Puede pasarlos a todos a ser «colaboradores monotributistas». Se ahorra cargas sociales y vos perdés la relación de dependencia. Pasás a ser un proveedor externo, sin indemnización.

▪︎ ​12.- Estudio y trabajo, ¿puedo seguir cursando?

  R: Es una lotería. Con el «Banco de Horas» y las jornadas de 12 horas, el jefe dispone de tu tiempo. Si hay mucho laburo, te quedás; si hay poco, te mandan a casa. Imposible sostener una cursada así.

* ​13.- ¿Cuánto dura el período de prueba ahora?

  R: Lo quieren llevar de tres a ocho meses (y hasta un año en algunos casos). Te pueden tener casi un año exprimiéndote y, un día antes de quedar efectivo, te echan sin poner un peso.

▪︎ ​14.- ¿Quién me defiende si no me aumentan el sueldo?

  R: Estás solo. Al limitar el derecho a huelga y caerse los convenios, el sindicato no tiene fuerza. Tu sueldo depende de la «generosidad» del empresario.

Quizás también te interese leer…

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *